Carta N.° 1302-2025-ANA-AAA.JZ-ALA.J
Este documento es una carta de solicitud de información emitida por la Administración Local de Agua Jequetepeque, dirigida a Francisco Cuadros, Gerente de Medio Ambiente de Minera Yanacocha S.R.L. (Autoridad Nacional del Agua, Administración Local de Agua Jequetepeque, 2025, Carta N.° 1302-2025-ANA-AAA.JZ-ALA.J, CUT N.° 177360-2025). La carta hace referencia a un documento previo (Carta N.° 1259-2025-ANA-AAA.JZ-ALA.J) mediante el cual ya se había puesto en conocimiento de la ALA el incidente ambiental del 25 de junio de 2025, es decir, el mismo evento Nivel 5 Catastrófico en Canal TUAL/Quebrada La Brava que tu corpus consolidado ya documenta con las discrepancias analíticas de arsénico entre SGS del Perú y el Laboratorio Regional de Cajamarca (mismo documento).
El texto confirma tres datos que amplían la ficha técnica del evento:
Ubicación precisa del origen: el derrame se originó en el sector La Pajuela, centro poblado Negritos Alto, distrito La Encañada, provincia y departamento de Cajamarca (mismo documento, párr. 3).
Ruta de la contaminación: el derrame de agua con lodo bajó hacia la quebrada La Brava, la cual desembocó en el canal San Martín Túpac Amaru Río Colorado —el "Canal TUAL"— ubicado en el centro poblado de Tual, Cajamarca (mismo documento, párr. 3). Esto confirma la secuencia hidrográfica completa del evento: La Pajuela → Quebrada La Brava → Canal TUAL, información que tu resumen consolidado no detallaba con este nivel de precisión geográfica.
Requerimiento formal y plazo: la ALA Jequetepeque solicitó a Yanacocha remitir su plan de respuesta y/o acciones adoptadas frente al evento, con un plazo de tres (3) días hábiles desde la recepción de la carta, fechada el 15 de septiembre de 2025 (mismo documento, párr. 4).
Relevancia para el corpus QNM: este documento es significativo porque establece que, casi tres meses después del evento (25 de junio → 15 de septiembre), la ALA Jequetepeque aún estaba solicitando formalmente el plan de respuesta a la empresa —es decir, no consta que Yanacocha hubiera entregado dicho plan de manera proactiva o oportuna—. Esto refuerza el patrón de lentitud institucional y ausencia de rendición de cuentas inmediata que ya documentaste respecto al Sexto ITS, aprobado 62 días después del evento sin mencionarlo. Este documento (Carta N.° 1302-2025) queda ahora identificado como la carta de requerimiento que precede al "Informe Técnico de Yanacocha sobre su Plan de Respuesta a la Emergencia Ambiental" que tu corpus consolidado listaba como documento pendiente de obtener (sección V, ítem 4 del resumen consolidado, referido allí a una carta del 24 de octubre de 2025 — es decir, existe al menos una carta previa, esta del 15 de septiembre, y posiblemente una segunda solicitud o reiteración el 24 de octubre).
BIBLIOGRAFÍA
Autoridad Nacional del Agua, Autoridad Administrativa del Agua Jequetepeque-Zarumilla V, Administración Local de Agua Jequetepeque. (2025, 15 de septiembre). Carta N.° 1302-2025-ANA-AAA.JZ-ALA.J [CUT N.° 177360-2025]. Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego.
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