REPORTE EJECUTIVO
Fuente N.° 3: Informe N.° 009-2009-MEM-AAM/RPP/MPC/JRST
Plan de Cierre de Minas — Minera Yanacocha S.R.L.
I. IDENTIFICACIÓN DEL DOCUMENTO
Fuente 3: Ministerio de Energía y Minas, Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros [MEM-DGAAM]. (2009, 6 de enero). Informe N.° 009-2009-MEM-AAM/RPP/MPC/JRST: Informe Final de Evaluación del Plan de Cierre de Minas de la unidad minera Yanacocha de Minera Yanacocha S.R.L. Lima: MEM-DGAAM. [Folio N.° 1571–1579, Expediente MEM-DGAAM]
Suscrito por: Ing. Rufo Paredes Pacheco (CIP 23389), Ing. Máteo Portilla Cornejo (CIP 34267) e Ing. Julio Raúl Santoyo Tello (CIP 9412), de la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros del MEM (Informe N.° 009-2009-MEM-AAM/RPP/MPC/JRST, pág. 17).
Resolución aprobatoria: Resolución Directoral N.° 013-2009-MEM-AAM, del 28 de enero de 2009, firmada por Fredesbindo Vásquez F., Director General de Asuntos Ambientales Mineros (Resolución Directoral N.° 013-2009-MEM-AAM, pág. 18).
II. OBJETO Y ADMINISTRADO
El informe constituye la evaluación técnica final del Plan de Cierre de Minas (PCM) de la unidad minera Yanacocha, presentado por Minera Yanacocha S.R.L., elaborado por la consultora SVS Ingenieros S.A. (Informe N.° 009-2009-MEM-AAM/RPP/MPC/JRST, pág. 1). La unidad minera está ubicada en los distritos de La Encañada, Baños del Inca y Cajamarca, provincia de Cajamarca, departamento de Cajamarca, a una altitud de 3.500 a 4.180 msnm, en coordenadas UTM 9218596; 9235755 N y 764000; 782632 E (Informe N.° 009-2009-MEM-AAM/RPP/MPC/JRST, pág. 4).
III. ACTIVIDAD OPERATIVA DE YANACOCHA (contexto de riesgo)
Minera Yanacocha S.R.L. explota yacimientos de oro mediante minado a tajo abierto y lixiviación en pilas con cianuro de sodio, con proceso que incluye extracción de roca estéril, acarreo a pilas de lixiviación, riego con solución cianurada diluida, almacenamiento en pozas con valores de oro y plata, y obtención de aleación Dore en refinería (Informe N.° 009-2009-MEM-AAM/RPP/MPC/JRST, pág. 4). La empresa operaba con 2.932 empleados directos y un total de 10.760 trabajadores entre directos y contratistas, más del 50% provenientes de Cajamarca (Informe N.° 009-2009-MEM-AAM/RPP/MPC/JRST, pág. 7).
Tajos abiertos explotados: Maqui Maqui (1994–2013), Yanacocha Norte/Sur/Oeste (1997–2010), Carachugo (1993–2003), Chaquicocha (2006–2013), San José (1996–2012), La Quinua 1/2/3 (2001–2014) y Cerro Negro (2004–2005) (Informe N.° 009-2009-MEM-AAM/RPP/MPC/JRST, pág. 5).
IV. HALLAZGOS CRÍTICOS EN MATERIA AMBIENTAL
Gestión del agua contaminada: El informe reconoce que aproximadamente el 90% del agua tratada por Yanacocha se descarga a canales de comunidades y quebradas, debiendo cumplir la Clase III (riego y bebida de animales), mientras el 10% restante es consumida por la propia operación (Informe N.° 009-2009-MEM-AAM/RPP/MPC/JRST, pág. 6-7). Las plantas de tratamiento de agua en exceso —CAE-1, CAE-21 (Carachugo), YNE-1, YNE-2 y YNE-3 (Yanacocha Norte)— tienen las etapas de clorinación, precipitación, coagulación, sedimentación y clarificación para eliminar cianuro, metales pesados y regular el pH (Informe N.° 009-2009-MEM-AAM/RPP/MPC/JRST, pág. 7).
Riesgo de drenaje ácido de roca (DAR): El informe identifica que los depósitos de desmonte incluyen material con potencial generador de drenaje ácido (tipo PAG o arcillosos), y que el diseño del PCM debe minimizar la exposición de materiales PAG. Adicionalmente, Yanacocha asume el compromiso de captar permanentemente los drenajes que no cumplan con los LMP para conducirlos a plantas de neutralización (Informe N.° 009-2009-MEM-AAM/RPP/MPC/JRST, pág. 13).
Compromiso sobre efluentes post-cierre: Las recomendaciones del informe exigen que Minera Yanacocha S.R.L. realice el tratamiento de efluentes que pudieran aflorar con la implementación de las obras de cierre, a fin de cumplir con los LMP de la normativa ambiental vigente del sector Energía y Minas, los estándares de la Ley General de Aguas y los ECA para Agua aprobados por D.S. N.° 002-2008-MINAM (Informe N.° 009-2009-MEM-AAM/RPP/MPC/JRST, pág. 17).
Presupuesto total del PCM: US$ 346'601.759, distribuidos en: cierre progresivo US$ 108'641.684; cierre final US$ 74'242.216; post cierre US$ 141'112.493. La garantía financiera anual calculada fue de US$ 42'712.017, propuesta mediante Carta Fianza (Informe N.° 009-2009-MEM-AAM/RPP/MPC/JRST, pág. 16).
V. RESPONSABLE IDENTIFICADO Y OBLIGACIONES IMPUESTAS
La Resolución Directoral N.° 013-2009-MEM-AAM aprobó el Plan de Cierre y estableció que Minera Yanacocha S.R.L. queda obligada a cumplir las especificaciones técnicas del PCM, efectuar el primer aporte de garantía financiera conforme al artículo 50° del D.S. N.° 033-2005-EM, realizar el tratamiento de todos los efluentes a LMP, y actualizar el Plan ante cambios operativos. Adicionalmente, se ordenó remitir copia de todo lo actuado al OSINERGMIN para fines de fiscalización (Resolución Directoral N.° 013-2009-MEM-AAM, pág. 18).
Sobre muertes: El Informe N.° 009-2009-MEM-AAM/RPP/MPC/JRST no registra muertes vinculadas directamente a los eventos documentados.
VI. RELEVANCIA PARA EL CASO GLOBAL
Este documento es especialmente significativo porque: (1) demuestra que el Estado peruano tenía pleno conocimiento desde 2009 de que Yanacocha operaba con cianuro y generaba efluentes con potencial de contaminar cuencas; (2) las obligaciones de tratamiento de agua y mantenimiento de LMP impuestas a Yanacocha en 2009 anticipan el tipo de contaminación que el OEFA documentaría en la misma cuenca alta del Marañón en 2013 y 2015 (Informe N.° IF-173-2015-OEFA-DE-SDCA, pág. 2); y (3) la descarga del 90% del agua tratada a canales y quebradas comunitarias crea el vínculo de riesgo estructural entre las operaciones de Yanacocha y las comunidades aguas abajo.
VII. BIBLIOGRAFÍA ACTUALIZADA (APA 7.ª ed.)
Ministerio de Energía y Minas, Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros. (2009, 6 de enero). Informe N.° 009-2009-MEM-AAM/RPP/MPC/JRST: Informe Final de Evaluación del Plan de Cierre de Minas de la unidad minera Yanacocha de Minera Yanacocha S.R.L. MEM-DGAAM. [Folios 1571–1579]
Ministerio de Energía y Minas, Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros. (2009, 28 de enero). Resolución Directoral N.° 013-2009-MEM-AAM: Aprobación del Plan de Cierre de Minas de la unidad minera Yanacocha, Minera Yanacocha S.R.L. MEM-DGAAM.
Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental. (2015). Informe N.° IF-173-2015-OEFA-DE-SDCA: Monitoreo de calidad de agua superficial en la cuenca alta del río Llaucano y afluentes. Dirección de Evaluación, Subdirección de Calidad Ambiental. https://www.oefa.gob.pe
Tribunal de Fiscalización Ambiental — Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental. (2014, 31 de enero). Resolución N.° 012-2014-TFA/TFA, Expediente N.° 136-09-MA/E: Compañía Minera San Nicolás S.A. OEFA. https://www.oefa.gob.pe
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