FICHA DE IDENTIFICACIÓN
ANÁLISIS ESTRUCTURAL — HALLAZGOS PARA EL CORPUS
Hallazgo A — El registro "indeterminado" de INSIDEO está documentado desde enero de 2018.
El corpus previo registraba el estatus de registro "indeterminado" de INSIDEO S.A.C. a partir de los documentos SENACE de 2024. El Informe N° 00019-2018 retrotrae ese registro seis años: la nota al pie N° 7 de este documento, emitido el 11 de enero de 2018, consigna expresamente que el vencimiento del registro de INSIDEO en el Registro Nacional de Consultoras Ambientales es indeterminado. La nota al pie no impidió la evaluación ni la conformidad. La consultora había elaborado el ITS presentado el 30 de noviembre de 2017 y obtuvo conformidad el 11 de enero de 2018. El corpus acredita ahora que SENACE conocía y consignaba formalmente el estatus irregular de INSIDEO al menos desde enero de 2018, sin que ello generara impedimento procedimental en ninguno de los expedientes del corpus.
Hallazgo B — Marco Antonio Tello Cochachez recibe este informe como Director (e) en 2018 y aprueba como Director en 2021.
El Informe N° 00019-2018 está dirigido a Marco Antonio Tello Cochachez en calidad de Director (e) de la DEAR-SENACE. El Informe N° 00634-2021-SENACE-PE/DEAR, ya analizado en el corpus previo, registra a Tello Cochachez como Director aprobador de la conformidad al Primer ITS de la Segunda MEIA Yanacocha. La presente pieza establece que su participación personal en el expediente Yanacocha Oeste precede al menos desde enero de 2018. El documento no registra inhibición formal. Este hallazgo extiende la continuidad personal documentada del corpus: Tello Cochachez interviene en el expediente Yanacocha durante al menos tres años consecutivos (2018-2021) a través de dos roles institucionales distintos dentro de la misma DEAR.
Hallazgo C — Excedencias activas en siete parámetros de agua superficial y seis de agua subterránea, con conformidad otorgada.
El documento registra, en la sección de línea base de agua superficial (período 2013-2017, ocho puntos de monitoreo), excedencias referenciadas referencialmente al ECA Categoría 1 y 3 (D.S. N° 004-2017-MINAM) en los siguientes parámetros y estaciones: pH (QPCN3 y QSCLL1); Oxígeno Disuelto (CP4, RG4, CP3, CP6, QSCLL1, QSCLL3, QPCN3); Aluminio (CP4, CP6, QSCLL1); Arsénico (CP4, RG4, CP3, CP6); Cobre (QPCN3, CP6); Cadmio (CP3, CP6, QPCN3); Hierro (CP4, RG4, CP3, RGR, CP6, QSCLL1); Manganeso (CP4, QSCLL1, QPCN3, CP6); Mercurio (CP4); Plomo (CP4, CP3, CP6). Para agua subterránea (seis puntos de monitoreo, 2013-2017), excedencias en: Oxígeno Disuelto, Aluminio, Arsénico, Cobre, Hierro, Manganeso, Mercurio y Plomo, en estaciones LQMW16, LQSBLPZ-1309, LQSPW-04, CYMW4 y LQMW-13. La totalidad de estas excedencias fue atribuida a condiciones mineralógicas y geoquímicas naturales del área. La Conclusión 3.2 del informe declara impactos ambientales negativos no significativos. Conformidad recomendada.
Este es el primer documento del corpus que registra excedencias simultáneas en diez parámetros distintos (pH, OD, Al, As, Cu, Cd, Fe, Mn, Hg, Pb) con conformidad otorgada. La atribución a causas naturales cubre la totalidad del conjunto de parámetros.
Hallazgo D — La Recomendación 4.2 anticipa el mecanismo del período de adecuación bajo los Decretos Supremos de 2017.
La Recomendación 4.2 del informe dispone que, respecto a la adecuación a los ECA de aire y agua aprobados mediante D.S. N° 003-2017-MINAM y N° 004-2017-MINAM, Yanacocha deberá adecuarse conforme a la Primera Disposición Complementaria Final de dichos decretos. Este documento es el primer registro en el corpus de la aplicación del marco de adecuación derivado de los Decretos Supremos de 2017, el mismo que en 2023 se formalizará en la Resolución Directoral N° 0111-2023/MINEM-DGAAM extendiendo el plazo hasta 2028. La cadena normativa que habilita el período de adecuación como escudo frente al ECA vigente se encuentra, por lo tanto, activa en los documentos del corpus desde enero de 2018.
Hallazgo E — El componente raincoats descarga aguas hacia quebradas naturales y el propio documento declara que el ITS no es instrumento para modificar volúmenes de vertimiento autorizados.
El Quinto ITS Yanacocha Oeste propone implementar geomembranas superficiales (raincoats) sobre pads de lixiviación no operativos (Yanacocha Etapas 6 y 7 en primera instancia) para convertir el agua de lluvia de contacto en agua de no contacto, la cual sería descargada directamente a la subcuenca asociada (río Grande, Shillamayo o Shoclla) mediante puntos de descarga establecidos. El propio documento, en la Conclusión 3.7, establece que el ITS no contempla ni es el instrumento ambiental para el incremento de los volúmenes de captación o vertimiento autorizados. El mecanismo propuesto aumenta el volumen de agua descargada a los cuerpos naturales, al tiempo que el documento que lo aprueba declara no ser el instrumento competente para autorizar ese incremento. El corpus no contiene el instrumento que autorizó el incremento de vertimiento correspondiente.
Hallazgo F — Los datos de salud del AISD registran 80,626 casos de enfermedades en una población de 2,119 personas, sin análisis epidemiológico vinculante.
La sección de ambiente social del informe reproduce datos de la Dirección Regional de Salud de Cajamarca para los caseríos del AISD del Proyecto. La tabla registra 80,626 casos totales de enfermedades en una población de 2,119 habitantes, distribuidos en más de 30 categorías diagnósticas. Las principales categorías son: infecciones agudas en vías respiratorias superiores (20,570 casos, 25,5%); trastornos de otras glándulas endocrinas (11,381 casos, 14,1%); enfermedades de la cavidad bucal, glándulas salivales y maxilares (6,423 casos, 8,0%); otras enfermedades (6,363 casos, 7,9%); enfermedades infecciosas intestinales (3,734 casos, 4,6%); helmintiasis (3,109 casos, 3,9%); desnutrición (2,842 casos, 3,5%). Estos datos son presentados como parte de la línea base social, sin correlación alguna con los parámetros de calidad de agua documentados en la misma sección del mismo informe. El documento de carácter oficial que contiene simultáneamente datos de exposición hídrica a metales y datos de morbilidad comunitaria no establece ningún vínculo analítico entre ambos conjuntos.
El índice de pobreza extrema en Río Colorado, comunidad del AISD más próxima a las operaciones, es de 83,3% conforme a los datos consignados en el propio instrumento.
ENCUADRE EN LOS HALLAZGOS ESTRUCTURALES DEL CORPUS
Este documento refuerza y extiende los cinco hallazgos estructurales previos:
Hallazgo 1 (patrón excedencia-atribución natural-conformidad): confirmado con diez parámetros simultáneos en enero de 2018.
Hallazgo 2 (continuidad personal): extendido con la incorporación de Tello Cochachez desde 2018, y de Vargas Martínez (CIP N° 160965) quien reaparece en el Informe N° 00012-2024-SENACE-PE/DEAR-UFM como firmante de la conformidad al Quinto ITS de la Segunda MEIA Yanacocha. Su trayectoria en el expediente Yanacocha abarca al menos seis años (2018-2024).
Hallazgo 3 (continuidad de INSIDEO): el estatus "indeterminado" del registro retrocede de 2024 a enero de 2018, con continuidad acreditada al menos durante seis años.
Hallazgo 4 (mecanismo del período de adecuación): la cadena normativa que habilita el período de adecuación se activa en el corpus en enero de 2018, anticipando el marco que en 2023-2024 se aplicará para declarar el ECA-Agua 2017 no exigible hasta 2028.
Hallazgo 5 (componentes modificados sucesivamente): el componente raincoats aparece por primera vez en este documento (enero 2018) y reaparece en los ITS sucesivos del corpus hasta 2024, sin que ninguno de los instrumentos intermedios contenga el análisis acumulativo requerido por el artículo 132.6 del Reglamento Ambiental Minero.
RESUMEN EJECUTIVO PARA PUBLICACIÓN
DOCUMENTO 27 | ENERO 2018: INSIDEO, REGISTRO INDETERMINADO — Y CONFORMIDAD OTORGADA DE TODAS FORMAS
El 11 de enero de 2018, el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles — SENACE — otorgó conformidad al Quinto Informe Técnico Sustentatorio de la Tercera Modificación del Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto Suplementario Yanacocha Oeste de Minera Yanacocha S.R.L. (Informe N° 00019-2018-SENACE-JEF/DEAR).
El instrumento fue elaborado por INSIDEO S.A.C. Una nota al pie del propio informe de evaluación de SENACE, insertada por los evaluadores, señala que el vencimiento del registro de INSIDEO en el Registro Nacional de Consultoras Ambientales es indeterminado. La evaluación continuó. La conformidad fue otorgada.
Esta es la primera aparición documentada del estatus de registro indeterminado de INSIDEO en el corpus. No la última: el mismo registro aparece consignado en documentos SENACE de 2024, seis años después, evaluando el mismo proyecto, elaborado por la misma consultora.
El informe está dirigido a Marco Antonio Tello Cochachez como Director en ejercicio de la DEAR-SENACE. El mismo Tello Cochachez aparece en 2021, en el corpus ya analizado, como Director aprobador de otra conformidad sobre Yanacocha. Ni en 2018 ni en 2021 el expediente registra inhibición formal.
Yosly Vargas Martínez, firmante del informe de enero de 2018 como integrante de la Nómina de Especialistas, aparece también como firmante de la conformidad al Quinto ITS de la Segunda MEIA Yanacocha en noviembre de 2024. Seis años en el mismo expediente, dos marcos institucionales distintos, ninguna declaración de conflicto de interés registrada.
El informe de enero de 2018 también contiene los datos de salud de las diez comunidades del Área de Influencia Social Directa del proyecto, aportados por la Dirección Regional de Salud de Cajamarca. El total registrado en esa tabla es de 80,626 casos de enfermedades en una población de 2,119 personas. Las categorías incluyen infecciones respiratorias, trastornos endocrinos, desnutrición y enfermedades gastrointestinales. Los mismos folios del informe documentan excedencias activas en diez parámetros de calidad de agua atribuidas a causas geológicas naturales. No existe en el instrumento ningún análisis que vincule ambos conjuntos de datos.
En el caserío de Río Colorado, el más próximo a las operaciones, el 83,3% de la población vive en condición de pobreza extrema, según los datos consignados en el mismo instrumento que recomienda la conformidad.
El presente informe también aprueba la implementación de geomembranas superficiales sobre los pads de lixiviación para convertir el agua de lluvia de contacto en agua de no contacto y descargarla directamente a los ríos Grande, Shillamayo y Shoclla. El propio documento, en su Conclusión 3.7, declara que el ITS no es el instrumento ambiental para autorizar el incremento de volúmenes de vertimiento. El corpus no contiene el instrumento que sí lo autorizó.
La fuente primaria de este informe es: Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles [SENACE]. (2018, 11 de enero). Informe N° 00019-2018-SENACE-JEF/DEAR: Evaluación del Quinto Informe Técnico Sustentatorio de la Tercera Modificación del Estudio de Impacto Ambiental del proyecto Suplementario Yanacocha Oeste. Dirección de Evaluación Ambiental para Proyectos de Recursos Naturales y Productivos. Trámite N° 06431-2017.
ENTRADA BIBLIOGRÁFICA APA 7.ª EDICIÓN
Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles [SENACE]. (2018, 11 de enero). Informe N° 00019-2018-SENACE-JEF/DEAR: Evaluación del Quinto Informe Técnico Sustentatorio de la Tercera Modificación del Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto Suplementario Yanacocha Oeste, U.M. Yanacocha Zona Oeste. Dirección de Evaluación Ambiental para Proyectos de Recursos Naturales y Productivos. Referencia: Trámite N° 06431-2017.