ANA entrega información oficial sobre el uso del agua, vertimientos y obligaciones pendientes: más de S/ 1,486 millones recaudados entre 2020 y 2025
La Autoridad Nacional del Agua (ANA) respondió el 9 de septiembre de 2026 a una solicitud de información sobre la administración de las retribuciones económicas por el uso del agua y por el vertimiento de aguas residuales tratadas. La respuesta, contenida en la Carta N.° 0026-2026-ANA-OA-UCRE, identifica el procedimiento CUT N.° 151518-2026 y señala que la información fue atendida por la Unidad Funcional de Cobranza de Retribución Económica (UCRE), mientras que otros puntos fueron derivados a distintas unidades de la ANA.
Los documentos entregados contienen tres bloques de información especialmente relevantes: las tarifas oficiales aplicables al uso del agua y al vertimiento, la recaudación histórica de 2020 a 2025 y el monto de obligaciones pendientes de cobro reportado al 30 de junio de 2026.
Más de S/ 1,486 millones recaudados
El Anexo N.° 2 registra que entre 2020 y 2025 la ANA recaudó S/ 1,231,094,173.49 por concepto de retribuciones económicas por el uso del agua.
La cifra incluye agua subterránea, agua superficial para uso agrario, agua superficial para uso energético y agua superficial no agraria, además de diferentes usos como poblacional, industrial, minero, recreativo y turístico.
Por su parte, el Anexo N.° 3 registra S/ 255,419,366.09 por concepto de retribuciones económicas por vertimiento de aguas residuales tratadas durante el mismo período.
Sumadas ambas categorías, los documentos entregados por la ANA muestran:
S/ 1,486,513,539.58
en retribuciones económicas registradas durante 2020-2025.
La cifra no debe interpretarse como dinero correspondiente exclusivamente a una actividad o empresa. Se trata de una consolidación nacional efectuada por la ANA y desagregada por sectores económicos y tipos de uso.
El sector minero concentra la mayor parte de los pagos por vertimientos
Uno de los datos más relevantes aparece en el Anexo N.° 3.
De los S/ 255.42 millones recaudados por vertimiento de aguas residuales tratadas entre 2020 y 2025, el sector minero registra:
S/ 193,785,530.37.
Esto representa aproximadamente 75.87 % de toda la recaudación registrada por vertimientos durante esos seis años.
La evolución anual también resulta significativa. En 2025, la minería registra S/ 42,166,936.95 por vertimientos, mientras que la recaudación total nacional por este concepto fue de S/ 52,590,357.77.
Es decir, en 2025 la participación minera alcanzó aproximadamente 80.18 % del total registrado por la ANA.
La información oficial muestra, por tanto, un peso particularmente elevado de la actividad minera dentro del sistema de retribuciones por vertimiento de aguas residuales tratadas.
La minería también representa una parte importante de las retribuciones por uso del agua
El Anexo N.° 2 permite observar el comportamiento de la minería según la fuente hídrica.
En agua subterránea, el sector minero registra durante 2020-2025:
S/ 109,383,311.27.
El total de retribuciones por agua subterránea fue de S/ 238,888,496.79.
En agua superficial no agraria, la minería registra:
S/ 179,640,163.13,
frente a un total de S/ 484,074,478.30 para esa categoría.
Por tanto, únicamente considerando esas dos categorías, la minería representa:
S/ 289,023,474.40
en retribuciones económicas registradas entre 2020 y 2025.
Este dato es particularmente relevante porque permite observar que la participación minera no se limita al agua superficial: también existe una cantidad considerable de retribuciones asociadas al uso de agua subterránea.
¿Quién paga por el agua?
El Anexo N.° 2 permite comparar los diferentes usuarios.
En el período 2020-2025, por agua subterránea se registran, entre otros:
- Uso industrial: S/ 74,147,880.68.
- Uso minero: S/ 109,383,311.27.
- Uso poblacional: S/ 36,696,787.29.
- Uso agrario: S/ 11,138,225.49.
El total de agua subterránea fue de S/ 238,888,496.79.
En agua superficial no agraria:
- Poblacional: S/ 244,024,608.42.
- Minero: S/ 179,640,163.13.
- Industrial: S/ 44,299,115.84.
- Energético: S/ 5,063,706.80.
- Otros usos: S/ 9,175,782.24.
El total de esta categoría alcanzó S/ 484,074,478.30.
El mayor monto individual del Anexo N.° 2 corresponde al uso superficial energético, con S/ 371,037,200.21 durante 2020-2025.
Y existe otro dato que merece especial atención: más de S/ 226 millones pendientes de cobro
La respuesta de la ANA contiene un dato que no debe confundirse con la recaudación histórica.
Al 30 de junio de 2026, la entidad informa un saldo consolidado pendiente de cobro de:
S/ 226,438,499.56.
La propia ANA precisa que este monto no incluye las obligaciones sujetas a fraccionamiento, las cuales son controladas por la Unidad de Ejecución Coactiva.
Por ello, los documentos permiten afirmar que existe una importante cartera de obligaciones pendientes de cobro, pero no permiten afirmar que los S/ 226.4 millones correspondan exclusivamente al uso del agua, ni atribuir ese monto a una empresa determinada.
Ese detalle es importante para evitar una interpretación incorrecta de la información.
La ANA no entrega todavía el detalle individual de los deudores
La respuesta contiene una limitación que también resulta relevante desde el punto de vista de la transparencia.
La UCRE señala que no puede entregar, en los términos solicitados, listas individualizadas de deudores, RUC, estados de cuenta y detalles de pagos de administrados específicos. Según la entidad, el Sistema de Administración de Recursos Hídricos (SARH) registra la cobranza mediante recibos correlativos y no genera ordinariamente reportes bajo la clasificación solicitada.
Por ello, los anexos permiten conocer cuánto se recaudó por sector, pero no quién pagó cada monto.
Esta diferencia es fundamental.
La información permite saber cuánto aportó el sector minero al sistema de retribuciones, pero todavía no permite establecer cuánto corresponde a cada titular, autorización, punto de captación o punto de vertimiento.
Las tarifas oficiales también muestran diferencias según el tipo de agua y su disponibilidad
Los decretos entregados por la ANA contienen las tarifas aplicables para 2025 y 2026. La entidad señala expresamente que los cuadros se encuentran en los Decretos Supremos N.os 015-2024-MIDAGRI y 020-2025-MIDAGRI.
En el caso del uso de agua superficial con fines no agrarios, los valores varían según la disponibilidad hídrica.
Para 2025, por ejemplo, el valor para uso minero figura en:
- S/ 0.1255 por m³ con disponibilidad hídrica alta.
- S/ 0.2510 por m³ con disponibilidad media.
- S/ 0.3765 por m³ con disponibilidad baja.
Para 2026, los valores aumentan a:
- S/ 0.1270 por m³ con disponibilidad alta.
- S/ 0.2540 por m³ con disponibilidad media.
- S/ 0.3810 por m³ con disponibilidad baja.
Los cuadros muestran así que la tarifa no es uniforme: depende tanto del tipo de usuario como de la disponibilidad hídrica.
El agua subterránea recibe un tratamiento diferenciado
La normativa entregada también diferencia el estado de los acuíferos.
Para 2025, el valor del uso de agua subterránea con fines no agrarios y mineros aparece diferenciado según el estado del acuífero:
- Subexplotado: S/ 0.1255 por m³.
- En equilibrio: S/ 0.2510 por m³.
- Sobreexplotado: S/ 0.3765 por m³.
Para 2026 los valores pasan a:
- Subexplotado: S/ 0.1270 por m³.
- En equilibrio: S/ 0.2540 por m³.
- Sobreexplotado: S/ 0.3810 por m³.
El diseño normativo, por tanto, reconoce económicamente una diferencia entre acuíferos según su nivel de explotación.
También existen tarifas específicas para los vertimientos
El Decreto Supremo correspondiente establece valores diferenciados para el vertimiento de aguas residuales tratadas según el tipo de actividad y la categoría del cuerpo receptor.
Para la actividad minera, en 2025 se establecen valores de:
- Categoría ECA-Agua 1: S/ 0.0768 por m³.
- Categoría ECA-Agua 2: S/ 0.0717 por m³.
- Categoría ECA-Agua 3: S/ 0.0640 por m³.
- Categoría ECA-Agua 4: S/ 0.0666 por m³.
Para 2026, los valores correspondientes aparecen incrementados a:
- Categoría ECA-Agua 1: S/ 0.0788 por m³.
- Categoría ECA-Agua 2: S/ 0.0740 por m³.
- Categoría ECA-Agua 3: S/ 0.0656 por m³.
- Categoría ECA-Agua 4: S/ 0.0688 por m³.
Esto permite observar otro elemento importante: la retribución económica por vertimiento no es una tarifa única, sino que varía según la actividad generadora y la categoría del cuerpo receptor.
Cajamarca aparece expresamente en los cuadros tarifarios
Los anexos entregados incluyen referencias directas al ámbito de Cajamarca.
Para 2025, el Anexo N.° 1 identifica, entre otros, al río Mashcón – Clase B, con un valor de S/ 0.0010 por m³, y al ámbito del río Chonta y Cajamarquino, también con S/ 0.0010 por m³. Asimismo, aparece la Junta de Usuarios Crisnejas vinculada al río Condebamba – Clase B, con S/ 0.0010 por m³.
El cuadro también incorpora referencias a otros sistemas hidráulicos de la región y del país, mostrando que las retribuciones están estructuradas territorialmente a través de las Administraciones Locales del Agua y Juntas de Usuarios.
Lo que estos documentos permiten saber y lo que todavía falta saber
La información recibida permite establecer con respaldo documental que existe un sistema nacional de retribuciones económicas por uso del agua y vertimiento de aguas residuales tratadas, que entre 2020 y 2025 registró más de S/ 1,486 millones en ambas categorías.
También permite comprobar que el sector minero tuvo una participación especialmente elevada en los pagos por vertimiento: S/ 193.8 millones de S/ 255.4 millones, aproximadamente tres cuartas partes del total.
Y permite conocer que al 30 de junio de 2026 existía un saldo pendiente de cobro de S/ 226.44 millones, sin incluir obligaciones sujetas a fraccionamiento.
Pero todavía falta una pieza fundamental: la identificación individual de los administrados y la vinculación entre pago, volumen, autorización, fuente hídrica y punto de vertimiento.
La propia ANA reconoce que otros extremos de la solicitud fueron derivados a la Dirección de Administración de Recursos Hídricos y a la Dirección del Sistema Nacional de Información de Recursos Hídricos, entre otras unidades, para su correspondiente atención.
En otras palabras, la respuesta recibida no cierra la investigación: la amplía.
Ahora existe una base económica oficial para formular una pregunta mucho más precisa:
¿Quién utiliza el agua, cuánto utiliza, cuánto paga, cuánto adeuda, cuánto vierte y qué cuerpo de agua recibe esos vertimientos?
La respuesta a esa pregunta permitiría conectar la dimensión económica de las retribuciones con la gestión efectiva del recurso hídrico y con la fiscalización ambiental.
Un dato que no debe perderse de vista
Los documentos entregados por la ANA no contienen resultados de análisis de calidad del agua. No acreditan por sí mismos presencia de metales pesados, sulfatos, aluminio, manganeso, coliformes u otros contaminantes.
Lo que sí proporcionan es una fotografía oficial del componente económico-administrativo de la gestión del agua: tarifas, recaudación, sectores económicos, vertimientos y obligaciones pendientes.
Ese valor documental es importante porque permite analizar si existe correspondencia entre el volumen y valor económico del recurso utilizado, las obligaciones de los usuarios y el nivel de información disponible para la fiscalización ciudadana.