sábado, 28 de marzo de 2026

Impacto Ambiental de Minera Yanacocha S.R.L.

 

RESUMEN EJECUTIVO DE PRUEBAS

Impacto Ambiental de Minera Yanacocha S.R.L. en la Cuenca del Jequetepeque y áreas de influencia — Acervo probatorio integral


I. PRESENTACIÓN

El presente resumen sistematiza el conjunto de pruebas documentales técnicas, judiciales y administrativas obrantes en los expedientes del proyecto, provenientes de organismos estatales, peritos independientes y órganos jurisdiccionales, referidas a los impactos ambientales de las operaciones de Minera Yanacocha S.R.L. (MY SRL) en Cajamarca, Perú.


II. PRUEBAS POR FUENTE Y NATURALEZA

A. Prueba judicial — Expediente N.° 00918-2012-0-0601-JR-CI-02

Naturaleza: Resolución judicial (acción de amparo) emitida por el Juzgado Civil de Cajamarca sobre el Proyecto Conga.

Pruebas de la parte demandante admitidas y valoradas:

El juzgado admitió y valoró positivamente las siguientes pruebas ofrecidas por la parte accionante: el Informe N.° 001-2011 del Ministerio del Ambiente, que concluyó que el proyecto se desarrollaría sobre una cabecera de cuenca que abastece a cinco microcuencas; los comentarios técnicos del hidrólogo Luis Javier Lambán Jiménez sobre deficiencias del estudio hidrogeológico del EIA, que el juzgado estimó no fueron desvirtuadas por la demandada; la pericia del PhD Robert Moran, que señaló que el EIA fue elaborado por empresas con interés económico en asegurar la viabilidad del proyecto, que el EIA omitía detalles y contenía datos inconsistentes sobre volúmenes de agua, y que el manejo hídrico propuesto no sería sostenible a largo plazo; la revisión preliminar del estudio hidrológico e hidrogeológico elaborada por el Colegio de Ingenieros de Cajamarca, suscrita por tres ingenieros colegiados, que identificó precarias proposiciones de mitigación de impactos; y el Informe sobre graves consecuencias del Proyecto Conga del ingeniero Guido Peralta Quiroz, que advirtió una pérdida de capacidad hídrica neta y costos de mantenimiento post-cierre superiores a ocho millones de dólares anuales (Expediente N.° 00918-2012-0-0601-JR-CI-02, considerandos décimo quinto al vigésimo séptimo).

Conclusión judicial: El juzgado encontró acreditada la amenaza de violación del derecho constitucional a vivir en un medio ambiente adecuado y equilibrado, ordenando el cese de la amenaza y la suspensión del proyecto por inaplicación de la Resolución Directoral N.° 351-2010, al verificar incumplimiento de requisitos para la aprobación del EIA, evaluación inadecuada de impactos y omisión de medidas de mitigación suficientes (Expediente N.° 00918-2012-0-0601-JR-CI-02, considerandos trigésimo segundo y cuadragésimo primero).


B. Prueba administrativa regulatoria — OEFA, Reporte N.° 00023-2022-OEFA/DEAM-STEC (diciembre 2022)

Naturaleza: Evaluación ambiental de seguimiento de la calidad de agua superficial, subterránea y residual industrial en la Unidad Minera Yanacocha, ejecutada en tres monitoreos durante 2022.

Pruebas analíticas documentadas:

En agua superficial, se registraron excedencias reiteradas de los ECA-Agua (D.S. N.° 004-2017-MINAM) para los parámetros pH, cobre (Cu), níquel (Ni) y plomo (Pb) en la microcuenca de la quebrada Honda; sulfatos, aluminio (Al), cobre (Cu) y manganeso (Mn) en la quebrada Pampa Cerro Negro; y pH en las microcuencas del río San José y quebrada La Shacsha (Reporte N.° 00023-2022-OEFA/DEAM-STEC, tabla 4.3).

En agua subterránea, los piezómetros YMW15 y CYMW4 presentaron excedencias persistentes en los tres monitoreos para pH, hierro (Fe), manganeso (Mn) y oxígeno disuelto (OD), mientras que el piezómetro LQSGEPZ-1703 registró concentraciones de manganeso superiores al ECA-Agua en septiembre y octubre de 2022 (Reporte N.° 00023-2022-OEFA/DEAM-STEC, tabla 5.6).


C. Prueba técnica de evaluación ambiental — SENACE, Informe N.° 00634-2021-SENACE-PE/DEAR (septiembre 2021)

Naturaleza: Evaluación técnica del Primer Informe Técnico Sustentatorio de la Segunda Modificación del EIA Yanacocha, suscrita por diez especialistas multidisciplinarios de SENACE.

Pruebas documentadas: En agua subterránea, todas las estaciones evaluadas presentaron valores de pH fuera de los rangos establecidos por el ECA. Las concentraciones de oxígeno disuelto no cumplieron el ECA en casi la totalidad de estaciones. Los metales aluminio (Al), cadmio (Cd) y cobre (Cu) presentaron valores atípicos de excedencia; el arsénico (As) superó el ECA en la estación BCPZ05; el hierro (Fe) mostró las excedencias más altas en las estaciones CNADPZ-1103 y BCPZ05; y el manganeso (Mn) registró valores elevados en las mismas estaciones. SENACE formuló 33 observaciones al titular, varias de ellas referidas a la ausencia de datos completos de parámetros y a la falta de explicación de las excedencias (SENACE, Informe N.° 00634-2021-SENACE-PE/DEAR, pp. 13-19).


D. Prueba de monitoreo hídrico cuencal — ANA, Informe Técnico N.° 00048-2023-ANA-AAA.JZ (cuenca Jequetepeque, noviembre-diciembre 2023)

Naturaleza: Primer monitoreo anual de calidad de recursos hídricos superficiales en la Unidad Hidrográfica Jequetepeque, ejecutado en 26 puntos de muestreo.

Pruebas analíticas documentadas: Se registró incumplimiento del ECA-Agua Categoría 1-A2 en sulfatos, sólidos totales disueltos, manganeso y conductividad en la Quebrada Mina (QMina1); incumplimiento en hierro y coliformes termotolerantes en el río Jequetepeque (RJequ7); e incumplimiento en pH en las lagunas Alto Perú (tres puntos), con la autoridad técnica indicando que dicho incumplimiento podría estar relacionado con la geología de la zona, aunque advirtiendo la necesidad de seguimiento dado que existe minería informal en el área (ANA, Informe Técnico N.° 00048-2023-ANA-AAA.JZ, conclusiones 9.4 a 9.13).


E. Prueba de monitoreo hídrico cuencal — ANA, Informe Técnico N.° 00062-2025-ANA-AAA.JZ (cuenca Jequetepeque, julio 2025)

Naturaleza: Monitoreo de calidad de recursos hídricos de la Unidad Hidrográfica 13774-Jequetepeque, ejecutado entre el 15 y 24 de julio de 2025 en 26 puntos de muestreo, con análisis de laboratorio SGS del Perú acreditado por INACAL.

Pruebas analíticas documentadas: Se registraron incumplimientos del ECA-Agua en la Quebrada Mina (QMina2) para aluminio, cadmio, hierro y manganeso; en la Quebrada Shillamayo (QShil1) para conductividad, sólidos totales disueltos y sulfatos; en la Quebrada Llaminchan (QLlam2) para pH y arsénico; en los puntos RJequ9, RJequ10 y RJequ11 del río Jequetepeque para pH; y en las Lagunas del Perú (LAper1 a LAper6) para pH, nitrógeno y plomo (ANA, Informe Técnico N.° 00062-2025-ANA-AAA.JZ, cuadro 7.2).


F. Prueba de emergencia ambiental — ANA, Informe Técnico N.° 0008-2025-ANA-AAA.JZ-ALA.J (octubre 2025)

Naturaleza: Informe técnico sobre el evento ambiental ocurrido el 25 de junio de 2025 en las instalaciones de Minera Yanacocha S.R.L., sector La Pajuela, centro poblado Negritos Alto, distrito La Encañada, Cajamarca.

Pruebas documentadas: El incidente se originó por el desplazamiento de una manguera de 8" de diámetro que transportaba agua con lodo desde la poza de subdrenes Raw Water Pond (Y13) hasta la poza SWP (Storm Water Pond), con una capacidad aproximada de 140,000 m³, provocando el discurrimiento de agua con lodo por aproximadamente 500 metros hasta la quebrada La Brava y su posterior desembocadura en el canal San Martín Túpac Amaru Río Colorado (Canal TUAL), infraestructura que abastece de agua a diversas comunidades de Cajamarca para actividades agrícolas y consumo animal (ANA, Informe Técnico N.° 0008-2025-ANA-AAA.JZ-ALA.J, antecedentes 1.1).

Los análisis de laboratorio (SGS del Perú, acreditado por INACAL) realizados el 26 de junio de 2025 en los puntos QLBra1 y QLBra2 determinaron que: el pH no cumplió el ECA-Agua en el punto aguas arriba (QLBra1); y en el punto aguas abajo (QLBra2), se registraron incumplimientos para arsénico, cobre, hierro y manganeso, siendo este último con una concentración de 0.34283 mg/L frente al valor máximo ECA de 0.20 mg/L para las subcategorías D1 y D2 (ANA, Informe Técnico N.° 0008-2025-ANA-AAA.JZ-ALA.J, cuadro N.° 03 y gráfico 5).


G. Prueba de monitoreo participativo histórico — Mesa de Diálogo, Informe Anual 2004-2005

Naturaleza: Informe de monitoreo de calidad de agua con participación de siete instituciones, incluyendo la propia Minera Yanacocha, comunidades locales y organismos técnicos internacionales.

Pruebas documentadas: El programa incluyó 24 puntos de monitoreo gestionados directamente por MY SRL (15 ríos y quebradas, 2 puntos de descarga, 4 pozos de agua subterránea y 1 manantial), con análisis en el laboratorio ALS de Lima para parámetros que incluían aceites y grasas, metales totales y disueltos, y cianuro total y WAD. La influencia minera directa fue clasificada en las quebradas con descargas o provenientes directamente de las operaciones de la mina (Mesa de Diálogo, Informe Anual de Monitoreo 2004-2005, pp. 10-11).


III. QUÉ SE PUEDE PROBAR CON ESTE ACERVO

Con el conjunto de pruebas reseñadas, es posible acreditar los siguientes extremos:

1. Patrón de contaminación hídrica continuado y verificado por el Estado. Los monitoreos de la ANA (2023 y 2025), el OEFA (2022) y SENACE (2021) acreditan de forma independiente y reiterada la presencia de metales como hierro, manganeso, cobre, arsénico, aluminio y plomo en cuerpos de agua superficiales y subterráneos del área de influencia de MY SRL, con valores que superan los ECA-Agua vigentes.

2. Ocurrencia de un evento ambiental agudo en 2025. El Informe Técnico ANA N.° 0008-2025 acredita, con presencia de la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental, que el 25 de junio de 2025 se produjo un derrame de agua con lodo desde infraestructura operativa de MY SRL hacia la quebrada La Brava y el Canal TUAL, con contaminación analíticamente verificada aguas abajo.

3. Deficiencias estructurales del EIA del Proyecto Conga. La pericia del PhD Moran, el informe del Colegio de Ingenieros de Cajamarca, el informe del hidrólogo Lambán Jiménez y la sentencia judicial acreditan que el EIA del Proyecto Conga presentó datos inconsistentes, omisión de información clave en el resumen ejecutivo y ausencia de medidas de mitigación suficientes.

4. Amenaza constitucional sobre derechos fundamentales judicialmente declarada. La resolución judicial en el Expediente N.° 00918-2012 acredita que existe amenaza cierta de violación al derecho constitucional a vivir en un medio ambiente adecuado y equilibrado, tanto para la zona de influencia directa (distritos de Sorochuco, Huasmín y La Encañada) como para la zona de influencia indirecta (provincias de Celendín y Cajamarca).

5. Insuficiencia de las medidas de mitigación y respuesta empresarial tardía. El propio informe técnico de respuesta de MY SRL admitió que el proyecto generaría impactos negativos, calificados en su mayoría como de significancia moderada o baja, sin desvirtuar los escenarios post-cierre planteados por los peritos independientes. La supervisión de seguimiento del 12 de septiembre de 2025 evidenció acciones de remediación en curso, lo que confirma la materialización del daño.


REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

Autoridad Nacional del Agua [ANA]. (2023). Informe Técnico N.° 00048-2023-ANA-AAA.JZ. Administración Local de Agua Jequetepeque, Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego.

Autoridad Nacional del Agua [ANA]. (2025a). Informe Técnico N.° 0008-2025-ANA-AAA.JZ-ALA.J. Administración Local de Agua Jequetepeque, Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego.

Autoridad Nacional del Agua [ANA]. (2025b). Informe Técnico N.° 00062-2025-ANA-AAA.JZ. Administración Local de Agua Jequetepeque, Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego.

Juzgado Civil de Cajamarca. (s.f.). Expediente N.° 00918-2012-0-0601-JR-CI-02. Resolución sobre acción de amparo — Proyecto Minero Conga.

Mesa de Diálogo Yanacocha. (2005). Informe Anual de Monitoreo de Calidad de Agua 2004-2005. Cajamarca, Perú.

Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental [OEFA]. (2022). Reporte N.° 00023-2022-OEFA/DEAM-STEC (aprobado el 14 de diciembre de 2022). Dirección de Evaluación Ambiental, Subdirección Técnica Científica.

Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles [SENACE]. (2021). Informe N.° 00634-2021-SENACE-PE/DEAR (21 de septiembre de 2021). Dirección de Evaluación Ambiental para Proyectos de Recursos Naturales y Productivos, Ministerio del Ambiente.

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