sábado, 28 de marzo de 2026

RESUMEN EJECUTIVO INTEGRADO – CASO YANACOCHA

 

RESUMEN EJECUTIVO INTEGRADO – CASO YANACOCHA 

1. Intervención estructural del sistema hídrico

La evidencia indica que la Unidad Minera Yanacocha cuenta con licencias de uso de agua superficial y subterránea, así como autorizaciones de vertimiento dentro del mismo sistema hídrico regional (Resoluciones ANA – licencias y vertimientos, págs. correspondientes) .

Los datos son consistentes con un modelo operativo en el cual:

  • la empresa capta grandes volúmenes de agua
  • los utiliza en procesos mineros
  • genera efluentes que retornan al sistema

Se configura un patrón de intervención directa del ciclo hidrológico por parte de la actividad minera.


2. Reconocimiento de generación de impactos ambientales

La evidencia indica que los instrumentos de gestión ambiental aprobados por el Estado reconocen:

  • generación de efluentes
  • riesgo de contaminación
  • necesidad de tratamiento de agua

(Resolución Directoral – Evaluación Ambiental Yanacocha Zona Oeste, págs. 9–11)

Asimismo, se reconoce la presencia de:

  • material con potencial generador de drenaje ácido

(Resolución Directoral, pág. 9)

Los datos son consistentes con un reconocimiento previo del riesgo de contaminación hídrica.

Se configura un patrón de impacto ambiental previsto y regulado, no accidental.


3. Obligación expresa de tratamiento de agua

La evidencia indica que el marco ambiental aprobado establece:

  • implementación de medidas de control de efluentes
  • tratamiento de aguas antes de su descarga
  • control de sedimentos y drenaje ácido

(Plan de Cierre y Evaluación Ambiental aprobada, págs. 6–7, 17)

Los datos son consistentes con que el tratamiento de agua:

  • no es opcional
  • constituye una obligación legal de operación

Se configura un patrón de obligación ambiental expresa sobre tratamiento hídrico.


4. Evento ambiental con reconocimiento empresarial

La evidencia indica que la propia empresa reportó:

  • descarga no controlada de sedimentos
  • liberación de aproximadamente 30 m³
  • salida fuera del sistema de contención

(Informe Técnico Yanacocha, págs. 1 y 9)

Los datos son consistentes con una falla operativa que generó vertimiento al ambiente.

Se configura un patrón de pérdida de control sobre efluentes mineros.


5. Afectación a cuerpos de agua de uso humano

La evidencia indica que el material derramado alcanzó:

  • quebrada Shillamayo
  • canal de regadío Canal Tual

(Informe Técnico Yanacocha, pág. 1)

Los datos son consistentes con una afectación directa a infraestructura hídrica utilizada por terceros.

Se configura un patrón de transferencia del impacto hacia sistemas de uso agrícola y poblacional.


6. Clasificación del daño como catastrófico

La evidencia indica que la empresa clasificó el evento como:

  • Accidente Ambiental Nivel 5 – Catastrófico
  • Emergencia Nivel 3

(Informe Técnico Yanacocha, pág. 7)

Asimismo, define el evento como:

“daño ambiental súbito y significativo…”
(Informe Técnico Yanacocha, págs. 6–7)

Los datos son consistentes con un reconocimiento explícito de daño ambiental significativo.

Se configura un patrón de impacto grave reconocido por el propio operador.


7. Incumplimiento de medidas estructurales (planta de tratamiento)

La evidencia indica que la empresa asumió obligaciones de:

  • tratamiento de agua
  • control de efluentes

(Instrumentos ambientales aprobados y plan de cierre)

Sin embargo, los datos son consistentes con:

  • ausencia de implementación efectiva de infraestructura de tratamiento
  • continuidad de operaciones sin solución estructural

Se configura un patrón de incumplimiento de obligaciones ambientales vinculadas al tratamiento del agua.


8. Persistencia del impacto ambiental

La evidencia indica:

  • existencia de afectaciones en calidad de agua (OEFA)
  • ocurrencia de eventos de descarga
  • continuidad de operaciones

(Reporte OEFA N.° 00023-2022, págs. 3–6)

Los datos son consistentes con una afectación no aislada, sino sostenida en el tiempo.

Se configura un patrón de persistencia del impacto hídrico.


9. Activación del control ciudadano y estatal

La evidencia indica que se ha presentado una solicitud formal de acceso a la información pública:

  • expediente generado N.° 4263036
  • dirigida al Estado para verificar cumplimiento ambiental

(Registro de solicitud, 2026)

Los datos son consistentes con la activación de mecanismos de:

  • transparencia
  • fiscalización ciudadana
  • control institucional

Se configura un patrón de búsqueda de verificación oficial del cumplimiento ambiental.


CONCLUSIÓN GENERAL

La evidencia indica que la operación minera Yanacocha:

  • interviene directamente el sistema hídrico
  • reconoce generación de impactos y riesgos de contaminación
  • tiene obligaciones expresas de tratamiento de agua
  • ha registrado eventos de descarga no controlada
  • ha afectado cuerpos de agua utilizados por terceros
  • ha clasificado dichos eventos como catastróficos
  • presenta indicios de incumplimiento de medidas estructurales (tratamiento)
  • mantiene continuidad operativa en dicho contexto

Los datos son consistentes con un modelo de operación donde:

  • el impacto ambiental es inherente y verificable
  • el control es parcial o insuficiente
  • las medidas correctivas no se han implementado plenamente

Se configura un patrón de:

  • intervención intensiva del recurso hídrico
  • generación de contaminación
  • incumplimiento de obligaciones ambientales
  • afectación a sistemas hídricos de uso humano
  • persistencia del daño en el tiempo

BIBLIOGRAFÍA (APA)

  • Autoridad Nacional del Agua (ANA). (2025). Resoluciones de licencias y vertimientos.
  • Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA). (2022). Reporte N.° 00023-2022-OEFA.
  • Ministerio de Energía y Minas (MEM). (2006). Resolución Directoral – Evaluación Ambiental Yanacocha Zona Oeste.
  • Ministerio de Energía y Minas (MEM). (2009). Plan de Cierre de Minas Yanacocha.
  • Minera Yanacocha S.R.L. (2025). Informe técnico de emergencia ambiental del 25 de junio de 2025

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