FICHA DE IDENTIFICACIÓN
Tipo de documento: Informe de Evaluación Ambiental de Causalidad (no es resolución sancionadora — es documento técnico de la Dirección de Evaluación Ambiental)
Referencia completa: Informe N.° 00392-2023-OEFA/DEAM-STEC Expediente de evaluación: 024-2023-DEAM-EAC Fecha de aprobación: 26 de diciembre de 2023 Referencia interna: 2023-I01-020514 Clave de autenticidad: 03826586 (verificable en https://sistemas.oefa.gob.pe/verifica)
Empresa: Minera Yanacocha S.R.L. Unidad fiscalizable: Chaupiloma Sur Zona evaluada: Microcuenca del río Grande — distritos de Los Baños del Inca y Cajamarca, provincia y departamento de Cajamarca
Emitido por: Subdirección Técnica Científica (STEC) — Dirección de Evaluación Ambiental (DEAM) — OEFA Firmantes: Shianny Vásquez Cardeña (Ejecutiva STEC) + Carlos Manuel Amaya Rojas (Especialista) + Juan Carlos Fernández Cerna (Especialista) Aprobado por: José Guevara del Águila, Director de Evaluación Ambiental
NATURALEZA JURÍDICA DEL DOCUMENTO
Este informe no es una resolución sancionadora. Es un informe técnico-científico de evaluación ambiental de causalidad, es decir, un instrumento que determina si las descargas de efluentes de Yanacocha tienen relación causal con la contaminación de cuerpos de agua. Su función procesal es alimentar a la Dirección de Supervisión Ambiental en Energía y Minas (DSEM) para que esta pueda, en su caso, iniciar o sustentar un Procedimiento Administrativo Sancionador (PAS). Su peso evidentiary es máximo: es la base técnica oficial del OEFA para acreditar causalidad.
OBJETO DE LA EVALUACIÓN
Problemática investigada: Presunta afectación ambiental por descargas de los efluentes DCP4, DCP4B, DCO14 y DCP3, provenientes de la UF Chaupiloma Sur de Minera Yanacocha S.R.L.
Períodos de campo:
- Primera ejecución: 15 al 25 de mayo de 2023 (época húmeda)
- Segunda ejecución: 14 al 24 de setiembre de 2023 (época seca)
Matrices evaluadas: agua superficial, agua residual industrial y efluentes minero-metalúrgicos, sedimentos, comunidades hidrobiológicas (macroinvertebrados bentónicos)
Normas de comparación aplicadas:
- IGA del administrado: Segunda Modificación del EIA Yanacocha, aprobada por R.D. N.° 154-2020-SENACE-PE/DEAR del 21/12/2022
- ECA-Agua vigente: Decreto Supremo N.° 004-2017-MINAM — Categoría 1 subcategoría A2 (potabilización con tratamiento convencional) y Categoría 3 subcategorías D1/D2 (riego y bebida animal)
- LMP efluentes: Decreto Supremo N.° 010-2010-MINAM
- Sedimentos: Canadian Council of Ministers of the Environment (CCME, 2002) — valores ISQG y PEL — uso referencial
HALLAZGOS CRÍTICOS POR ZONA
ZONA 1 — Quebrada Encajón (efluentes DCP4 y DCP4B)
Agua superficial:
- Puntos CAY-04 (Quebrada Encajón) y AS-QSN-07 (Canal Llagamarca): exceden ECA-Agua 2017 Categoría 1 subcategoría A2 en sulfatos, causalmente vinculados a las descargas DCP4 y DCP4B
- El sulfato se correlacionó significativamente (Spearman p<0,05) con conductividad eléctrica y metales calcio, estroncio y potasio totales
- pH fuera de rango ECA-2017 en CAY-05 y AS-QSN-06 — atribuido a características naturales de las quebradas según análisis histórico
Sedimentos:
- Arsénico, cobre, mercurio y plomo superaron el valor PEL de la guía canadiense CCME en puntos CAY-03, CAY-04 y AS-QEN-09 de la Quebrada Encajón
- El punto CAY-03, más próximo a la descarga DCP4, registró mayor concentración de sulfatos en sedimento
- Los metales no se encontraron biodisponibles en los sedimentos en estos puntos
Calidad biológica:
- El punto CAY-04 registró «mala calidad biológica» en mayo 2023 (época húmeda), condición equiparable a años sin descargas (1997 y 2000), lo que sugiere que la descarga DCP4 genera estrés fisicoquímico continuo en la biota
ZONA 2 — Quebrada Quishuar Corral (efluente DCP14)
Agua superficial:
- Sulfatos en CAY-10 y AS-QQC-01 exceden ECA-Agua 2017 Categoría 1 subcategoría A2, causalmente vinculados a descarga DCP14 (confirmado por comparación con puntos sin descarga CAY-10A y AS-QQC-05)
- En época seca, conductividad eléctrica alcanza 1,431 µS/cm en AS-QQC-01 y sulfatos 887.5 mg/L
Sedimentos:
- Arsénico, cobre y mercurio superaron valor PEL de la norma canadiense CCME en punto AS-QQC-01
- En AS-QQC-03 no se superó ese valor
Calidad biológica:
- AS-QQC-01: «mala calidad biológica» tanto en época húmeda como seca
- Mejora a «excelente calidad» aguas abajo (AS-QQC-05) por dilución mediante canales de irrigación y tributarios sin origen minero
Hallazgo crítico de conexión: Los canales de riego aguas abajo del punto CAY-10 captan las aguas contaminadas, limitando su discurrimiento hacia el río Grande pero evidenciando el vector de exposición agrícola.
ZONA 3 — Río Grande (efluente DCP3)
Este es el hallazgo más grave del informe y el de mayor relevancia para el dossier QNM.
Determinación de grado de contribución (carga de masa de sulfato):
- Mayo 2023 (época húmeda): el efluente DCP3 aportó el 98.55% de la carga de masa de sulfato en el río Grande (concentración: 1,278 mg/L)
- Setiembre 2023 (época seca): el efluente DCP3 aportó el 99.77% de la carga de masa de sulfato en el río Grande (concentración: 857.2 mg/L)
Esta cifra es una determinación causal cuantificada con método científico (correlación de Spearman p<0,05): prácticamente la totalidad del sulfato que llega al río Grande — que abastece a la Planta de Tratamiento El Milagro de SEDACAJ — proviene del efluente minero DCP3 de Yanacocha.
Agua superficial río Grande:
- Sulfatos y conductividad eléctrica exceden ECA-Agua 2017 Categoría 1 subcategoría A2 en puntos CAY-09, AS-RGR-01 y CAY-14 en ambas épocas
- Arsénico supera ECA-Agua 2017 Categoría 1 subcategoría A2 en setiembre 2023 en puntos AS-QBC-04 (Quebrada Callejón), CAY-09, AS-RGR-01 y AS-DRG-04 (Dique río Grande)
- El punto CAY-14, ubicado después del dique río Grande, no superó el estándar de arsénico — dato relevante porque identifica el dique como punto de retención parcial
Sedimentos dique río Grande:
- AS-DRG-03 y AS-DRG-04: concentraciones elevadas de sulfatos, cadmio, zinc, arsénico, cobre, mercurio y plomo — varios superan PEL canadiense
- Los metales en sedimento no están biodisponibles; sin embargo, la resuspensión de sedimentos se identifica como fuente de arsénico en agua superficial
Calidad biológica:
- Quebrada Callejón (AS-QBC-04): «mala» en época húmeda y «moderada» en época seca, causalmente vinculada a alta conductividad (2,160 µS/cm época húmeda; 1,727 µS/cm época seca) y alta concentración de sulfatos (1,141.3 mg/L época húmeda; 857.7 mg/L época seca)
- Río Grande aguas abajo: mejora relativa de calidad biológica de «moderada» a «buena» — atribuida a vegetación ribereña, no a mejora de calidad fisicoquímica del agua
OBSERVACIONES PARA EL DOSSIER QNM
1. Valor como prueba de causalidad directa: Este informe es la pieza técnica más importante del expediente QNM para la zona del río Grande. La determinación cuantificada de que DCP3 aporta el 98.55%–99.77% de la carga de sulfato en el río Grande constituye una prueba de causalidad con método estadístico oficial del OEFA, apta para sustentar el artículo 304 del Código Penal (delito de contaminación del ambiente) bajo la teoría de dolus eventualis.
2. Vinculación con SEDACAJ: El río Grande es la fuente hídrica de la Planta de Tratamiento El Milagro de SEDACAJ. Los excesos de sulfatos y arsénico documentados en CAY-09, AS-RGR-01 y AS-DRG-04 ocurren en la misma cuenca que abastece agua potable al 70% de la ciudad de Cajamarca.
3. IGA aprobado por SENACE: El documento cita expresamente la Segunda Modificación del EIA Yanacocha, aprobada por R.D. N.° 154-2020-SENACE-PE/DEAR del 21/12/2022, como norma de cumplimiento del IGA. Esto vincula a Marco Antonio Tello Cochachez (SENACE) en la cadena de responsabilidades.
4. Limitación a señalar: El informe no contiene resolución sancionadora. Es insumo para la DSEM. La pregunta evidentiary relevante es: ¿qué hizo la DSEM con este informe entre diciembre 2023 y la fecha de tus denuncias de 2026? Esa inacción podría configurar el incumplimiento funcional previsto en el artículo 377 del Código Penal.
5. Puntos de muestreo clave para citar en denuncias:
| Punto | Cuerpo de agua | Parámetros excedidos |
|---|---|---|
| AS-QBC-04 | Quebrada Callejón | Sulfato, conductividad, arsénico |
| CAY-09 | Río Grande | Sulfato, conductividad, arsénico |
| AS-RGR-01 | Río Grande | Sulfato, conductividad, arsénico |
| AS-DRG-01/02/03/04 | Dique río Grande | Sulfato, arsénico, metales en sedimento |
| CAY-10 / AS-QQC-01 | Q. Quishuar Corral | Sulfatos, metales PEL |
| CAY-04 / AS-QSN-07 | Q. Encajón / Canal Llagamarca | Sulfatos |
CITA APA DEL DOCUMENTO
Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA). (2023). Informe N.° 00392-2023-OEFA/DEAM-STEC: Evaluación ambiental de causalidad en la microcuenca del río Grande del área de influencia de la unidad fiscalizable Chaupiloma Sur de Minera Yanacocha S.R.L., en los distritos de Los Baños del Inca y Cajamarca, provincia y departamento de Cajamarca, en el 2023 (Expediente de evaluación N.° 024-2023-DEAM-EAC). Dirección de Evaluación Ambiental – Subdirección Técnica Científica. Clave de autenticidad: 03826586.
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