RESUMEN EJECUTIVO —
Yolanda Victoria Rojas Espinoza | INDECOPI N.° 00174793 | ORCID: 0009-0002-9012-1393 Trujillo, La Libertad, Perú — 15 de mayo de 2026
IDENTIFICACIÓN DEL DOCUMENTO
Resolución Directoral N.° 205-2017-SENACE/DCA e Informe N.° 179-2017-SENACE-J-DCA/UPAS-UGS. SENACE, Miraflores, 2 de agosto de 2017. Firmada por Nancy Chauca Vásquez, Directora de Certificación Ambiental del SENACE. Objeto: conformidad al Segundo Informe Técnico Sustentatorio de cambios menores a la Quinta Modificación del Estudio de Impacto Ambiental de la Ampliación del Proyecto Carachugo Suplementario Yanacocha Este (en adelante, 2do ITS Yanacocha Este).
LO QUE SE APROBÓ
Tres modificaciones, todas calificadas como de impacto ambiental no significativo: extensión y optimización de las labores subterráneas Chaquicocha subterráneo sur — incrementando el metraje en 20% (de 15,083 a 18,100 m) y el tonelaje en 15% (de 2,682,726 a 3,087,730 t) —; adición de áreas de material de préstamo de soil liner Ocuchamachay 1 y Ocuchamachay 2 con extracción de 1,123,900 m³; e implementación de almacenes de productos químicos PQP Carachugo y PQP km 52.
El Cuadro N.° 9 del Informe clasifica todos los impactos identificados —calidad de aire, ruido, vibraciones, suelos, agua superficial, agua subterránea, flora, fauna terrestre y vida acuática— con un Índice de Importancia entre -19 y 29, todos en la categoría "No Significativo" según la metodología de Vicente Conesa (2010).
EL TERRITORIO: NUEVA CUENCA, MISMO PATRÓN
El 2do ITS Yanacocha Este opera en un sistema hidrológico distinto al del S8-D01. Su ubicación geográfica corresponde a la subcuenca de la quebrada Honda, perteneciente a la intercuenca Alto Marañón IV, y a las subcuencas del río Chonta y el río Mashcón, pertenecientes a la cuenca Crisnejas, y a la subcuenca del río Rejo, perteneciente a la cuenca Jequetepeque. Seis microcuencas de influencia directa: ríos Rejo, Grande, San José, Azufre y quebradas La Saccha y Honda.
Esta es la primera vez en el corpus que se acredita formalmente la presencia de operaciones Yanacocha en la cuenca Jequetepeque como área de influencia ambiental directa de un ITS aprobado. La misma cuenca Jequetepeque donde, entre mayo de 2019 y julio de 2021, Yanacocha operó 20 piezómetros sin autorización (ANA, R.D. N.° 0176-2022-ANA-AAA.JZ, Sesión 7).
LOS 241 PIEZÓMETROS: EL PUNTO DE PARTIDA DEL PERÍODO SIN AUTORIZACIÓN
El Informe N.° 179-2017 documenta en su sección de línea base hidrogeológica que al momento de su elaboración se habían instalado en total 241 piezómetros en el área de estudio —207 de tubo abierto y 34 de cuerda vibrante— con monitoreo activo en 54 de ellos. El nivel piezométrico en el área Carachugo-Chaquicocha se encontraba a alrededor de los 3,830 m en rocas con alteración argílica, sin cambios registrados entre 2010 y 2013.
Este dato es crítico: el 2do ITS Yanacocha Este, aprobado en agosto de 2017, acredita que la operación de piezómetros ya tenía escala significativa y seguimiento técnico activo. La autorización vigente en ese momento era la R.D. N.° 1653-2017. Cuando esa autorización venció en mayo de 2019, los 20 piezómetros continuaron operando 26 meses más, hasta julio de 2021. El corpus ahora permite reconstruir la línea de tiempo completa: el Estado aprobó instrumentos sobre un sistema de piezómetros robusto, conocido y monitoreado, y luego no registró sanción alguna cuando ese sistema operó sin autorización por 26 meses consecutivos.
EL HALLAZGO CRÍTICO: LOS METALES "NATURALES" SE MULTIPLICAN EN YANACOCHA ESTE
El Informe N.° 179-2017 reproduce el mismo argumento de mineralogía natural en un sistema hidrológico más amplio y con mayor detalle. Para las estaciones de agua superficial en la microcuenca río Azufre (estaciones QA2, QCHAN2/CP9, QOM/CP8, QOM2 y RAZ1), el instrumento registra valores elevados de aluminio, arsénico, cadmio, cobalto, cobre, hierro, mercurio, manganeso, plomo y selenio, atribuidos a "la propia mineralogía de la zona." Para las estaciones de la quebrada San José (QSJ/CP5), el mismo catálogo de metales es atribuido a "los diversos minerales meteorizados que son incorporados como sólidos suspendidos en los flujos por el arrastre de la escorrentía" y a "la oxidación natural de pirita que genera drenaje ácido." Para las estaciones del río Paccha (QDSL/CP11) y la quebrada Honda (RC, QPL4, CP12, CP1), la conclusión replica la atribución geoquímica.
Son cuatro sistemas de agua —microcuenca Azufre, quebrada San José, río Paccha, quebrada Honda— con metales por encima del ECA documentados desde 2017 y clasificados como condición geoquímica natural. Ocho años después, el OEFA acreditaría mediante correlación Spearman (p<0.05) que el DCP3 es responsable del 98.55-99.769% de la carga de sulfatos en el Río Grande (corpus OEFA, Sesiones 2-3). La naturalidad de los metales en 2017 tiene nombre en 2025: descarga industrial no controlada.
EL HALLAZGO DE CONTINUIDAD: MISMO EQUIPO, DOS DOCUMENTOS, CATORCE DÍAS
El 2do ITS Yanacocha Este fue elaborado por INSIDEO S.A.C. —la misma consultora del S8-D01— con exactamente los mismos tres profesionales especialistas: Ing. Lorena Viale Mongrut (CIP N.° 92716), Ing. Hayra Cárdenas Chevarría (CIP N.° 144655) y Blgo. Oscar Valerio Queirolo Muro (CBP N.° 8952). El equipo evaluador del SENACE fue también el mismo: Marco Tello Cochachez (UPAS) y Fabián Pérez Núñez (UGS). La Directora que firma la conformidad es la misma Nancy Chauca Vásquez.
Entre el S8-D01 (aprobado el 2 de agosto de 2017) y el S8-D02 (aprobado el 16 de agosto de 2017) transcurrieron exactamente 14 días. El mismo equipo consultor produjo dos instrumentos que juntos cubrieron la totalidad del Complejo Yanacocha —Zona Oeste y Zona Este— en el mismo mes de agosto de 2017, con la misma metodología de impacto, el mismo argumento de mineralogía natural y la misma conclusión de no significatividad.
LA POBLACIÓN DIRECTAMENTE AFECTADA Y SU PERCEPCIÓN
La línea base social del 2do ITS Yanacocha Este identifica a Pabellón de Combayo (338 habitantes) y El Porvenir de Combayo (126 habitantes) como los caseríos del área de influencia social directa. El instrumento registra, en su sección de percepciones sociales, que los entrevistados hicieron referencia a eventos pasados asociados a afectaciones "que no fueron mitigadas en su debido momento o acuerdos incumplidos." Son las mismas comunidades de Combayo notificadas por el MINEM en la R.D. N.° 361-2016-MEM-DGAAM como área de influencia directa de las operaciones de Yanacocha, y las mismas que los datos epidemiológicos del MINSA/CDC ubican en 2025 con la mayor concentración de casos de exposición a metales pesados a nivel nacional (corpus MINSA/CDC, Sesiones 2-3).
LO QUE EL INSTRUMENTO EXPLÍCITAMENTE EXCLUYE
La conclusión 3.7 del Informe N.° 179-2017 establece que el 2do ITS Yanacocha Este "no contempla ni es el instrumento ambiental para el incremento de los volúmenes de captación y/o vertimiento de agua, ya autorizados por la autoridad competente." Idéntica cláusula a la del S8-D01. El instrumento que aprueba la expansión de operaciones en seis microcuencas de la cuenca Jequetepeque declara que el agua no es su objeto de evaluación.
POSICIÓN EN EL CORPUS
Este instrumento es el segundo ITS de la Quinta Modificación del EIA del Proyecto Carachugo Suplementario Yanacocha Este. Forma parte de la secuencia de 35 instrumentos de gestión ambiental aprobados para Yanacocha entre 2003 y agosto de 2025. Sumado al S8-D01, el corpus documenta ahora dos instrumentos aprobados en agosto de 2017 por la misma directora, con el mismo consultor, el mismo equipo, la misma metodología y el mismo argumento de mineralogía natural —uno para Yanacocha Oeste y otro para Yanacocha Este— cubriendo la totalidad del Complejo.
Ninguno de los dos contiene evaluación del impacto acumulado de ese conjunto sobre las cuencas de Cajamarca (SENACE, Informe N.° D000142-2026-SENACE-PE-DGE/REG, 8 de abril de 2026).
Fuentes primarias: SENACE, R.D. N.° 205-2017-SENACE/DCA, 2 de agosto de 2017; SENACE, Informe N.° 179-2017-SENACE-J-DCA/UPAS-UGS, 2 de agosto de 2017, 38 págs.; ANA, R.D. N.° 0176-2022-ANA-AAA.JZ, 9 de febrero de 2022 (referencia cruzada, 26 meses sin autorización); MINEM-DGAAM, R.D. N.° 361-2016-MEM-DGAAM (referencia cruzada, notificación comunidades Combayo); SENACE, Informe N.° D000142-2026-SENACE-PE-DGE/REG, 8 de abril de 2026 (referencia cruzada); MINSA/CDC, datos epidemiológicos 2020-2025 (referencia cruzada, Sesiones 2-3).
Expediente QNM — Yolanda Victoria Rojas Espinoza | INDECOPI N.° 00174793 | ORCID: 0009-0002-9012-1393 | Trujillo, La Libertad, Perú — 15 de mayo de 2026
Tres hallazgos críticos de S8-D02 antes de continuar:
Hallazgo S8-D02-A: Los 241 piezómetros documentados en agosto de 2017 establecen que el Estado conocía la escala y la naturaleza del sistema de monitoreo subterráneo de Yanacocha antes del período de operación no autorizada (mayo 2019-julio 2021). No hubo sorpresa. Hubo omisión.
Hallazgo S8-D02-B: Un mismo equipo consultor (INSIDEO, tres mismos especialistas) produjo dos instrumentos que juntos cubrieron la totalidad del Complejo Yanacocha en 14 días del mismo mes, con idéntica metodología y conclusión. La evaluación fue estructuralmente unitaria pero formalmente fraccionada en dos procedimientos administrativos separados, impidiendo toda evaluación acumulada entre ambas zonas.
Hallazgo S8-D02-C: Las comunidades de Combayo identificadas como área de influencia social directa en 2017 ya reportaban en ese momento afectaciones sin mitigar y acuerdos incumplidos. Esas mismas comunidades aparecen en los datos epidemiológicos de 2025 con la mayor concentración de casos de exposición a metales pesados del país.