viernes, 15 de mayo de 2026

I nforme N.° 00725-2022-SENACE-PE/DEAR

 nforme N.° 00725-2022-SENACE-PE/DEAR 5 de setiembre de 2022 | 6 páginas

Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles. (2022, 5 de setiembre). Informe N.° 00725-2022-SENACE-PE/DEAR. SENACE.


I. NATURALEZA DEL DOCUMENTO

Informe de rectificación de error material de oficio. Corrige un error de transcripción en las fechas consignadas en el Informe N.° 00702-2022-SENACE-PE/DEAR, que había sustentado el Auto Directoral N.° 000215-2022-SENACE-PE/DEAR del 25 de agosto de 2022 sobre ampliación de plazo para el Tercer ITS Yanacocha.

II. CONTENIDO

El error material consistió en consignar que el cómputo del plazo inicial inició el 10 de agosto de 2022 y finalizó el 23 de agosto, cuando la notificación electrónica del Auto Directoral N.° 00189-2022 se realizó el 9 de agosto de 2022 a las 21:10 horas; por tanto, el plazo correcto inició el 11 de agosto y finalizó el 24 de agosto. En consecuencia, el plazo ampliado se recalcula desde el 25 de agosto hasta el 9 de setiembre de 2022. La rectificación no altera lo sustancial del contenido ni el sentido de la decisión original.

Firmantes: David Víctor Borjas Alcántara, Líder de Proyectos (CQP N.° 435); Ana Paula Queirolo Romero, Especialista Legal - GTE Legal Nivel III (CAL N.° 77206). El informe lleva al pie la firma de conformidad de Marco Antonio Tello Cochachez, Director, CIP N.° 91339.

III. VALOR EN EL CORPUS — LA FIRMA DE TELLO COCHACHEZ

Este documento tiene un dato de relevancia directa para el perfil individual documentado en el corpus. La última página consigna la firma de Tello Cochachez al pie del texto "VISTO el informe que antecede y estando de acuerdo con su contenido, lo hago mío y lo suscribo en señal de conformidad." Esta firma aparece el 5 de setiembre de 2022 sobre un informe procedimental del Tercer ITS Yanacocha — el mismo expediente M-ITS-00199-2022 que culminará el 30 de setiembre de 2022 con el Informe N.° 00802-2022 y la R.D. N.° 000145-2022, ambos también firmados por Tello Cochachez.

El corpus documenta así que Tello Cochachez intervino en el Tercer ITS Yanacocha en al menos tres momentos distintos: el 5 de setiembre de 2022 suscribiendo este informe de rectificación; el 30 de setiembre de 2022 recibiendo el Informe N.° 00802-2022 elevado por Lucen Bustamante; y ese mismo 30 de setiembre de 2022 firmando la R.D. N.° 000145-2022 de conformidad. Su participación en el procedimiento no fue solo la firma final de la resolución, sino que acompañó el trámite desde la fase de corrección de plazos.

IV. DATO PROCEDIMENTAL

El documento acredita que el SENACE utilizó el mecanismo de rectificación de error material previsto en el artículo 212° del TUO de la LPAG para corregir un día de diferencia en el cómputo de un plazo procedimental. La institución actuó con precisión sobre errores formales de un día en la contabilización de plazos. El contraste que el corpus registra es que esa misma institución, en el mismo expediente y en la misma fecha de setiembre de 2022, no requirió a Yanacocha acreditar las autorizaciones de la ANA para los 20 piezómetros que habían operado ilegalmente durante 26 meses.


BIBLIOGRAFÍA — ADICIÓN

Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles. (2022, 5 de setiembre). Informe N.° 00725-2022-SENACE-PE/DEAR. SENACE.

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