Informe N.° 00802-2022-SENACE-PE/DEAR 30 de septiembre de 2022 | 170 páginas
Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles. (2022, 30 de septiembre). Informe N.° 00802-2022-SENACE-PE/DEAR. SENACE.
I. IDENTIFICACIÓN
Informe de evaluación del Tercer Informe Técnico Sustentatorio de la Segunda Modificación del Estudio de Impacto Ambiental Yanacocha (Tercer ITS Segunda MEIA Yanacocha). Expediente M-ITS-00199-2022, presentado el 19 de julio de 2022. Fecha del informe: 30 de septiembre de 2022. Dirigido a Marco Antonio Tello Cochachez, Director de la DEAR. Firmante principal: Marielena Lucen Bustamante, Líder de Proyecto. Consultora: INSIDEO S.A.C. (Registro N.° 022-2017-MIN). 170 páginas.
II. EQUIPO FIRMANTE COMPLETO
Lucen Bustamante como Líder de Proyecto; Elfri Ruth Inga Blancas, Especialista en Descripción de Proyecto - Nivel I; Ana Sofía Zegarra Ancajima, Abogada especializada en Minería - GTE Legal - Nivel II; Yosly Virginia Vargas Martínez, Especialista Ambiental en Minería - Nivel II; Javier Hernán Rodríguez Villegas, Especialista en descripción de Proyectos Mineros - GTE Nivel I; Karen Graciela Pérez Baldeón, Especialista en Información geográfica - GTE SIG - Nivel III; José Crysthian Cárdenas Cabezas, Especialista Ambiental; Karin Cristina Carrasco León, Especialista en Hidrogeología; Flor de María Flores Haqquehua, Especialista Ambiental; Liz Puma Almanza, Especialista en Social I; Pavel Manuel Pinco Aramburu, Especialista en gestión Social - GTE Social - Nivel III.
El mismo Tello Cochachez como Director que firma la R.D. N.° 000145-2022-SENACE-PE/DEAR de ese mismo día. Este informe es el sustento técnico directo de esa resolución.
III. COMPONENTES EVALUADOS — ESCALA DEL INSTRUMENTO
Quince modificaciones principales y auxiliares, entre las que destacan: modificación del cronograma de minado del Tajo Yanacocha Etapa 2; extensión de labores y modificación del cronograma del Tajo La Quinua Sur; optimización del diseño con aumento de producción del Tajo Carachugo Fase III; modificación de la distribución de las instalaciones de Chaquicocha Subterráneo; reconfiguración de la pila de lixiviación Carachugo y optimización del sistema de riego; optimización del dique del DAM Sur; modificación y ampliación de la planta de procesos La Quinua; remanejo del material del depósito de desmonte Carachugo Etapa 3; modificación de líneas de transmisión eléctrica; ampliación del cronograma del depósito temporal mineral en la pila de lixiviación Carachugo 9; adición de una pila temporal La Quinua; modificación y ampliación de instalaciones auxiliares superficiales de Chaquicocha Subterráneo; adición y reubicación de tuberías e instalaciones del SIMA; acondicionamiento del campamento Km 52 y taller de mantenimiento Yanacocha Norte; y optimización de procesos en planta de carbón La Quinua, Gold Mill y Planta Yanacocha Norte.
IV. ESTADO HÍDRICO DOCUMENTADO — PERÍODO 2019-2022
El informe presenta en la sección de calidad de agua superficial (pág. 21) los resultados de cinco estaciones para el período 2019-2022. Los hallazgos reproducen exactamente la misma estructura de los instrumentos anteriores del corpus:
Quebrada Honda (CP1): pH ácido; 16 valores de manganeso y 8 valores de plomo por encima del ECA Cat 3-D1 y Cat 3-D2. Atribución: erosión natural de suelos, análisis de pre-mina. Quebrada San José (CP5): 7 valores de pH ácidos, 16 valores de manganeso total por encima del ECA Cat 3-D1 y Cat 3-D2. Río Shoclla (CP6): 16 valores de manganeso total sobre ECA Cat 3-D1 y Cat 3-D2; coliformes termotolerantes y totales sobre ECA. Atribución: actividad de fauna silvestre. Microcuenca La Saccha (CP11): pH ácido, coliformes sobre ECA Cat 3-D1. Río Grande (CP14): pH ácido, cobre total sobre ECA Cat 3-D1. Atribución: flujos residuales domésticos de caseríos cercanos.
La rotación de atribuciones se documenta en un solo instrumento: erosión natural, actividad de fauna silvestre, y flujos domésticos de caseríos, aplicadas de manera diferenciada por estación pero con el mismo resultado: ninguna excedencia atribuida a la actividad minera.
V. AGUA SUBTERRÁNEA — PERÍODO 2019-2020
El informe documenta (pág. 22) excedencias en el acuífero con idénticos parámetros a los registrados en el Informe N.° 01042-2023 del corpus: hierro total al 77% de los valores sobre ECA Cat 3-D1; manganeso total al 73% sobre ECA Cat 3-D1 y Cat 3-D2; pH al 65% sobre ECA Cat 3-D1 y Cat 3-D2; arsénico total al 36% sobre ECA Cat 3-D1 y al 17% sobre Cat 3-D2. Atribución: mineralogía natural pre-mina, identificada en la Quinta Modificación del EIA Ampliación del Proyecto Carachugo (R.D. N.° 361-2016-MEM-DGAAM). Esta es la misma fuente normativa y el mismo argumento documentado en instrumentos de 2017, 2019 y 2022. El corpus acredita que la doctrina de atribución natural se cita a sí misma como fuente.
VI. EL DATO CLAVE QUE ESTE INFORME CONFIRMA
El párrafo sobre agua superficial contiene una frase de relevancia técnica y jurídica directa: el cumplimiento obligatorio al Decreto Supremo N.° 004-2017-MINAM (ECA-Agua 2017) será una vez culminadas las mejoras tecnológicas en las plantas de tratamiento de agua, y esto ocurrirá a partir del 2024. Esta declaración está inserta en el informe que sustenta la conformidad del Tercer ITS, firmado el 30 de septiembre de 2022. El propio instrumento reconoce que a esa fecha el cumplimiento del ECA-Agua 2017 no se había producido y lo proyecta al 2024. El evento Nivel 5 Catastrófico en el Canal TUAL el 25 de junio de 2025 —arsénico a 9,9 veces el ECA— ocurrió un año después de ese plazo declarado por el propio titular y validado por el SENACE en este informe.
VII. OBSERVACIONES Y ABSUELTAS
47 observaciones formuladas. 47 absueltas. Resultado: Sí en todas. El número es idéntico al citado en el resumen ejecutivo base del corpus para la R.D. N.° 000145-2022: el Informe N.° 00802-2022 es precisamente el informe técnico que sustenta esa resolución, producido ese mismo día y firmado por los mismos dos funcionarios que cierran la trayectoria más larga del corpus.
VIII. DATOS PARA EL CORPUS
Este instrumento es el sustento técnico del Documento 10 del corpus (R.D. N.° 000145-2022-SENACE-PE/DEAR, 30 de septiembre de 2022). Su incorporación como Documento 11 completa la cadena probatoria de ese evento: no solo existe la resolución de conformidad, sino también el informe técnico que la fundamenta, firmado por Lucen Bustamante y elevado a Tello Cochachez. Ambos documentos en la misma fecha, el mismo día, para el mismo expediente, con la misma conclusión: 47 observaciones, 47 absueltas, impactos negativos no significativos.
La confirmación de que INSIDEO S.A.C. sigue siendo la consultora en este instrumento de 2022 — cuatro años después de los tres ITS de 2017 y los dos ITS del 11 de enero de 2018 que también llevaban su firma — extiende la continuidad consultora documentada en el corpus: INSIDEO elaboró instrumentos en 2017, 2018 y 2022, los tres con excedencias activas en las mismas microcuencas, los tres con la misma doctrina de atribución natural, y los tres aprobados por los mismos dos funcionarios en la cúspide de la cadena de firma.
BIBLIOGRAFÍA ACTUALIZADA — ADICIÓN
Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles. (2022, 30 de septiembre). Informe N.° 00802-2022-SENACE-PE/DEAR. SENACE.
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